TSJ señaló que inmunidad parlamentaria es “incompatible” con una Asamblea en desacato

Luisa Panagua.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) dictaminó que la inmunidad parlamentaria solo ampara a los diputados “en ejercicio de sus atribuciones constitucionales” lo que no aplica a un Parlamento y sus representantes sobre quienes pesa una sentencia de “desacato” emitida por este mismo órgano judicial.

En la misma sentencia, el TSJ ordenó al presidente Nicolás Maduro revisar diversas leyes que permitan conjurar los graves riesgos que amenazan la estabilidad democrática y aseguren la gobernabilidad del país”. El Máximo tribunal declaró nulo el acuerdo sobre la reactivación de la Carta Interamericana de la Organización de Estados Americanos (OEA), aprobado por la Asamblea Nacional (AN) el 21 de marzo de este año.

Además, le exigió al primer mandatario evaluar “el comportamiento de las organizaciones internacionales a las cuales pertenece la República”, ya que a criterio de los magistrados actúan “en detrimento de los principios democrático y de igualdad a lo interno de las mismas”.

El TSJ también conminó a Maduro a “tomar las medidas que considere necesarias para evitar un estado de conmoción” al considerar que Venezuela aún se encuentra en Estado de Excepción, lo que limita el ejercicio de varias libertades.

 

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