Informe Retrato de la convocatoria electoral del 20 de mayo arrojó serias violaciones de derechos humanos

El Centro de Justicia y Paz (Cepaz) ​presentó el informe Retrato de la convocatoria electoral del 20 de mayo de 2018 iniciativa de “Denuncia, Documentación y Divulgación por el Ejercicio de los Derechos Políticos en Venezuela”, a propósito del evento electoral efectuado el pasado 20 de mayo en Venezuela en el que se llevó a cabo la elección presidencial y donde también se escogerían Consejos Legislativos y Municipales, proceso que no se realizó y del que las autoridades electorales no ofrecieron información.

La iniciativa arrojó una serie de hallazgos que detallan las incidencias obtenidas entre el 23 de enero y el 22 de mayo de 2018, durante el desarrollo del proceso electoral y su relación con el ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos. Además, se enfocó en la consideración del ejercicio de los derechos políticos, resaltando la necesidad de que la ciudadanía pueda comprender estos derechos como suyos. Por todo esto, Cepaz hace énfasis en la necesidad de exigir ejercer todos los derechos inmanentes a la existencia de la democracia.

Una de las líneas de acción de la iniciativa desarrollada por Cepaz fue el empoderamiento ciudadano, mediante la herramienta de documentación, para así insistir e incidir en la exigencia de la democracia a través de elecciones auténticas, debido a que el informe contrasta los derechos humanos inherentes a la democracia, con los hechos que han venido suscitándose en Venezuela, en el marco del ejercicio de los derechos políticos, evidenciándose un patrón de lesión constante de estos.

Para Cepaz resulta importante resaltar que la escasa participación de los electores en el proceso electoral del 20 de mayo se dio debido a la falta de confianza en la autoridad electoral y en el voto como poderosa herramienta de transformación de las realidades políticas.

Con la finalidad de poner a disposición del fortalecimiento del voto, Cepaz ofrece en el informe las siguientes recomendaciones para el desarrollo de eventos electorales justos, equitativos y transparentes, en el marco del respeto de los derechos humanos:

  1. Regularizar la designación de las autoridades electorales. El nombramiento de los miembros del Consejo Nacional Electoral, debe ajustarse al procedimiento constitucional establecido en el artículo 296. Un árbitro electoral que genera desconfianza por sus actuaciones sesgadas, desestimula la participación y vulnera el derecho de los ciudadanos a tener instituciones al servicio del Estado y no de una parcialidad política.
  2. Reconstruir la pluralidad en el sistema de partidos políticos. La habilitación de las organizaciones con fines políticos que permita ofrecer a los ciudadanos, ofertas electorales que plantean el abordaje de los problemas del país, desde distintas ópticas, se requiere para la vigencia de un estado democrático.
  3. La convocatoria a procesos electorales deben provenir del órgano constitucionalmente competente, la fecha entre la convocatoria y la elección requiere de tiempos razonables que permitan la participación de todos los actores políticos, y la ejecución del cronograma electoral sin la violación de los lapsos legales. Del mismo modo, la publicación  y modificación del cronograma deben ajustarse a lo dispuesto en la ley.
  4. El Registro Electoral requiere especial atención en lo atinente a su conformación. La realización de auditorías independientes que ofrezcan resultados de su evaluación global, así como jornadas de inscripción y actualización con una duración que permita el cierre de la brecha de no inscritos, y reubicados por cambio de residencia, incluyendo a los electores fuera de Venezuela. La ubicación de los puntos debe ser ampliamente difundida.
  5. Postulaciones: Tiempos razonables para la inscripción de candidatos, para la construcción de alianzas y acuerdos, así como la modificación de las postulaciones, esto sin dejar a un lado la necesidad de permitir la participación de aspirantes que han sido sujeto de sanciones administrativas que lesionan su derecho a elegir y ser elegidos. Es preciso tomar especiales medidas de protección para los candidatos por iniciativa propia y de grupos de electores, tomando en cuenta que las normas para recolección de manifestaciones de voluntad, no pueden constituirse en obstáculos infranqueables para la participación.
  6. Diseño de Circunscripciones Electorales: Salvaguardar el derecho a la representación política de los ciudadanos requiere que su construcción sea formulada de acuerdo al procedimiento establecido en la ley, para evitar la aplicación de estrategias destinadas a sobre representación o infra representación de los ciudadanos en cuerpos colegiados.
  7. Equidad antes y durante la campaña electoral: Las instituciones deben velar por impedir el uso de recursos públicos para financiar una opción política, independientemente del lapso fijado para el inicio y cierre de la campaña electoral. Una elección competitiva debe garantizar que los candidatos pueden participar en igualdad de condiciones.
  8. Sistema Automatizado de Votación y Auditorías: Las ventajas que puede ofrecer la automatización de los procesos de votación, escrutinio y totalización, así como de verificación biométrica de la identidad de los electores y la validación de su funcionamiento, dependen de autoridades electorales comprometidas con la realización de procesos transparentes, en los que cada fase sea abierta y susceptible de verificación por todos los actores en tiempos razonables.
  9. Fomentar la participación ciudadana: La elección es una suma de fases preclusivas, y en cada una de ellas es posible la contraloría ciudadana y la promoción de la participación. Participar debe ser posible en todo el proceso y eso depende de una autoridad electoral comprometida con la inclusión de la ciudadanía en sus procesos. La notificación masiva y la capacitación real para el ejercicio de las funciones del Servicio Electoral Obligatorio, es garantía de incorporación de los electores a sus tareas.
  10. Diseño normativo y capacidad de hacerlo cumplir. Cada etapa del proceso electoral se encuentra normada en el marco jurídico legal venezolano, si entendemos el orden jurídico como un sistema. Así, aún cuando están pendientes algunas reformas a las leyes electorales, el grave problema que acrecienta las desigualdades es la ausencia de instituciones que hagan cumplir la ley, tanto en sede administrativa como en sede jurisdiccional. Sin el efectivo cumplimiento de las normas,  los ciudadanos quedan a merced de la discrecionalidad de los funcionarios de turno, lo que horada el estado de derecho.

Finalmente, Cepaz exhorta a que se rechacen y corrijan las múltiples violaciones a los derechos humanos registradas en el ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos. Para la organización es urgente exigir el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales que se ven afectados por la persecución y calificación sostenida de enemigo interno a quien no apoye a actores y políticas gubernamentales. Así como, la coacción del voto por medio del carnet de la patria que es un mecanismo violatorio a las leyes y a los derechos humanos y que se pudo reflejar detalladamente en el proceso de documentación.

Consulte el informe completo aquí

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