TSJ difiere audiencia de Ramón Muchacho y le ratifica prohibición de salida del país

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) difirió para el próximo 03 de agosto del año en curso la audiencia del Alcalde del municipio Chacao, Ramón Muchacho, ratificando que la falta de comparecencia del mencionado ciudadano a dicha audiencia producirá los efectos previstos en el artículo 23 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales. 

Según nota de prensa del Poder Judicial, el presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan José Mendoza Jover, acompañado de los Magistrados que integran dicha Sala, luego que el apoderado judicial del Alcalde – quien no acudió a la audiencia de hoy- solicitó el diferimiento de la misma.

Indicó la Sala del Tribunal Supremo de Justicia que vista la manifiesta voluntad de la parte accionada de asistir al acto oral y público fijado en esta causa a través de su apoderado judicial, en aras de mantener a las partes en igualdad de condiciones y de que el proceso sea instrumento para el logro de la justicia en el cual se tenga efectiva oportunidad de ejercer en forma personal su defensa, dada la naturaleza del proceso y las consecuencias jurídicas que de él se derivan se acordó diferir la audiencia.

La Sala ratificó el amparo cautelar dictado el 24 de mayo de 2017 en sentencia N° 369 con las siete ordenes contenidas en dicho fallo, así como la medida dictada el 19 de julio en sentencia N° 543 consistente en la prohibición de salida del país del ciudadano Ramón Muchacho.

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