El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en el exilio, nulo el decreto en el que se confirma la creación de la criptomoneda denominada “el petro”. La medida ocurre luego que se admitiera el recurso de nulidad que introdujeron los ciudadanos Carlos Ramírez López y Carlos E. Ramírez ante esa instancia el pasado 8 de enero de 2018.
De acuerdo al escrito, difundido a través de las redes sociales, los solicitantes argumentaron que el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, “no es actualmente el Presidente legítimo de Venezuela por lo que no tiene autoridad para emitir decretos”.
La decisión del Poder Judicial se enmarca en el artículo 318 de la Constitución en el que se establece el bolívar como la única moneda válida para operar en el país. Razón por la que se “imposibilita que legalmente se establezca otra unidad monetaria nacional virtual o no virtual por lo que es evidente la nulidad por inconstitucionalidad de dicho decreto”.
Esta nulidad ocurre un día después que el gobierno de Estados Unidos, firmada una orden ejecutiva en la que se prohíbe a los ciudadanos de este país cualquier transacción con esta criptomoneda.