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CNE multará con “arresto proporcional” o monetariamente a personas que no presenten servicio electoral el 28-J

Fotografía que muestra una urna electoral en la sede del Consejo Nacional Electoral (CNE). Foto: EFE

El Consejo Nacional Electoral (CNE) estableció un régimen sancionatorio para miembros de mesa, delitos, faltas e ilícitos electorales durante las elecciones presidenciales del 28 de julio.

“Todo ciudadano o ciudadana podrá denunciar la comisión de cualquiera de los delitos, faltas o ilícitos electorales previstos en la presente Ley, así como constituirse en parte acusadora en los juicios que se instauren por cauda de esas mismas infracciones. Ello son perjuicio de las obligaciones que corresponden al Ministerio Público como garante de la legalidad”, reza el artículo 227 de la página oficial del CNE.

Asimismo, advirtieron que las medidas sancionatorias sarán unas multas de 15 Unidades Tributarias (U.T) equivalente a 3.70 dólares o 50 U.T. unos 12.34 dólares aproximadamente, a tasa del Banco Central de Venezuela (BCV) 36.44 bolívares y podría variar debido a la crisis económica del país.

Además, resaltaron que podrían recibir “arresto proporcional”, especificando que sería un día de arresto por U.T., a juicio de la autoridad competente.

Las medidas sancionatorias serán aplicadas a:

1.Quienes se nieguen a desempeñar el cargo para el cual han sido designados o designadas, salvo las excepciones del Servicio Electoral Obligatorio previstas en la ley.

2.Quienes suministren datos o informaciones falsas al Poder Electoral.

3.Los funcionarios o funcionarias electorales que rehúsen admitir la votación de electores o electoras que tengan derecho a votar conforme a la ley.

4.Quienes incumplan las regulaciones previstas en el artículo 76 de esta Ley, sobre la prohibición de fijar carteles.

5.Quienes incumplan las regulaciones previstas en el artículo 77 de esta Ley, sobre la destrucción de propaganda.

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Por su parte, el artículo 113 especifica que la excepción de los miembros debe basarse en ser mayor de 35 años de edad, tener alguna discapacidad (física, mental, de salud o legal), ser candidato o candidata en el proceso electoral, ejercer un cargo en la dirección nacional, prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio.

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