La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este martes como inadmisible el recurso de revisión interpuesto por el excandidato presidencial Antonio Ecarri contra la Sala Electoral, tras validar los resultados del 28 de julio dictados por el Consejo Nacional Electoral (CNE), considerados fraudulentos por la oposición, al no ser publicadas las actas ni realizadas las auditorías correspondientes del proceso.
El argumento que se lee en la ficha técnica de la sentencia 0212 del expediente 24-0777, publicada en su portal oficial, describe la sentencia de la Sala Electoral como «una cosa juzgada» y, sin dar mayores detalles, califica el recurso de «inadmisible».
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Ecarri había había pedido la anulación de las actuaciones de la Sala Electoral, al considerarlas «contrarias a la Constitución y la ley», aclarar qué se debe publicar en cada elección y la creación de una «alta comisión constitucional «que abra el debate y diálogo sobre las exigencias, reformas urgentes y estructurales que la nación requiere».
Este recurso se rechaza tres días después de que la misma Sala declarara «inadmisible» una revisión que solicitó el dirigente Enrique Márquez, quien el lunes aseguró que acudiría al TSJ para pedir una aclaratoria sobre esa sentencia.






