Corte Suprema de Panamá rechazó reconocer el matrimonio igualitario: “Sin categoría de DD. HH.”

La Corte Suprema de Panamá considera que la unión entre dos personas del mismo sexo no es un derecho humano reconocido por la Constitución de ese país, por lo que rechazó reconocer el matrimonio igualitario, según un fallo publicado el miércoles.

“Hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental”, indicó la Corte.

Lea también: Activistas LGBTQ+ exigieron garantías para el cambio de nombre a personas trans

Desde el 2016, esta Corte no se había pronunciado sobre varios recursos de inconstitucionalidad contra el Código de la Familia panameño, que seguirá reconociendo solo los matrimonios entre un hombre y una mujer.

Los recursos para que esta acción fuese reconocida, estuvieron presentados por varias parejas panameñas del mismo sexo que buscaban que sus matrimonios concebidos en otros países fuesen reconocidos en Panamá.

El máximo tribunal expresó que “por más cambios que se sucedan en la realidad”, por ahora el matrimonio igualitario “carece de un reconocimiento convencional y constitucional” en Panamá.

Sigue este y otros contenidos en nuestro canal de Youtube. Visítanos y suscríbete aquí:

Publicaciones Relacionadas

Programación On-Demand

Logo VPItv

Suscríbete al Servicio de Noticias

¡Mantente siempre informado!

Copyright © 2020 VPI TV – Developed by Rubik