TSJ en el exilio declaró nulo el acto legislativo de la AN 2015 donde se eliminó el interinato

Miembros del TSJ en el exilio. Foto @TSJ_Legitimo

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en el exilio se pronunció sobre la eliminación del interinato en el país que era presidido por Juan Guaidó y pidió que se abran las investigaciones correspondientes para determinar las responsabilidades penales de los 72 diputados de la Asamblea Nacional elegida en 2015 que votaron a favor “de subvertir el orden constitucional”.

Los magistrados lamentaron que los 72 diputados “se hayan puesto del lado de la ilegalidad”, pues aseguran que todos los que tuvieron que huir tras la persecución política luchan por defender el estado de derecho, “nosotros rechazamos y les decimos a esos 72 diputados que van a tener un enfrentamiento fuerte contra nosotros como dirigentes sociales”.

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En el caso de que la nueva presidenta de la AN 2015, Dinorah Figuera, asuma la presidencia interina de Venezuela, su nombramiento “no subsanaría las diferentes violaciones que la ley del estatuto de la transición comporta para la Constitución Nacional ni al artículo 247”, según explicaron los magistrados.

Como resultado de la audiencia, los magistrados declararon “la nulidad absoluta del acto legislativo que aprobó la reforma de la Ley de Reforma Parcial del Estatuto de la Transición publicado en Gaceta legislativa, declarando sin efecto jurídico alguno, todos los actos y nombramientos de representantes del Poder Ejecutivo de la República que hubieran sido dictados por la Asamblea Nacional”.

En cumplimiento a lo decidido se le otorgó el plazo de 30 días continuos a la Asamblea Nacional elegida en 2015 para que cumplan “con el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución Nacional”, asumiendo la presidencia encargada de la República conforme a lo previsto en el artículo 233.

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