La discusión sobre el proyecto de reforma de la ley del Poder Judicial está generando severos enfrentamientos en el Congreso de los Diputados de España, que preside Meritxell Batet.
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La Mesa del Congreso acordó este martes comunicar al Consejo General del Poder Judicial su rechazo por segunda vez al referido proyecto de reforma, recordándole las atribuciones legislativas de las Cortes y subrayando que el órgano de gobierno de los jueces ni siquiera es quién para solicitar la reconsideración de una decisión de la Mesa.
Tal posición es reiterativa de lo expuesto el 13 de enero pasado, cuando se respondió al Consejo del Poder Judicial que no procede acceder a la solicitud de remisión de la citada Proposición de Ley.
El nuevo comunicado desestima la solicitud acordada por el Consejo del Poder Judicial el pasado 21 de enero, subrayando que “conforme a lo dispuesto en el artículo 31.2 del Reglamento del Congreso de los Diputados, si un diputado o grupo parlamentario discrepa de una decisión adoptada por la Mesa en el ejercicio de algunas de sus funciones, podrán solicitar su reconsideración”, y prosigue, “Dicha norma no contempla ningún otro sujeto legitimado para solicitar la reconsideración de los Acuerdos de esta Mesa, por lo que no procede acceder a la solicitud de reconsideración que se contiene en el Acuerdo adoptado el 21 de enero por el Consejo General del Poder Judicial”.
En sus justificaciones, el Congreso se ha remitido a precedentes sobre el tema recordando que el único fue en el 2004, que estableció que es potestad de la Mesa decidir si pide o no informe al Consejo General del Poder Judicial.
El comunicado termina exigiendo al CGPJ que respete las funciones institucionales que a cada quien reserva la Constitución
“El Congreso de los Diputados ejerce esta potestad conforme a lo dispuesto en la Constitución, que reconoce a las Cortes Generales su condición de representante del pueblo español, como sede donde se manifiesta el pluralismo de nuestra sociedad y se expresa su voluntad general, sin que a esta Mesa correspondan otras actuaciones en el procedimiento legislativo que cumplir las funciones que le atribuye el Reglamento del Congreso, respetar las deliberaciones y decisiones que se adopten en la Cámara e instar el mismo respeto de cualesquiera otros órganos en el ejercicio de las funciones que les puedan atribuir las leyes emanadas de las Cortes”, sostiene el Comunicado.