TSJ legítimo realizó antejuicio de mérito contra Nicolás Maduro Moros

La decisión de este antejuicio de mérito se dará a conocer el 9 de abril. Tal y como fue solicitado por la Fiscal General de la República, se podría dictar orden de captura internacional contra Nicolás Maduro oficiando a Interpol para que se genere una Alerta Roja en su contra, de llega a acordarse el enjuiciamiento por delitos de corrupción y legitimación de capitales imputados en este acto.

La Sala Plena del TSJ podría acordar que existen méritos para iniciar un proceso penal en contra de Nicolás Maduro, pero para el inicio de ese proceso debe contar con la autorización de la Asamblea Nacional de Venezuela.  El poder legislativo, tiene la potestad de  autorizar o negar el proceso penal en contra de este ciudadano, de acuerdo al articulo 110 del la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Corresponde a la Asamblea Nacional, autorizar el enjuiciamiento y proceder a la suspensión del cargo e inhabilitación política hasta que se dicte sentencia definitiva.

Desarrollo de la audiencia

Este martes se celebró en el Capitolio de Colombia la audiencia oral y publica de Antejuicio de Mérito contra el ciudadano Nicolás Maduro Moros luego de la que Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de Venezuela en el exilio, como titular de la acción penal, expusiera los presuntos hechos de corrupción relacionados a la contratación ente el Estado venezolano y la empresa Odebrecht.

Una vez verificado el quorum de los magistrados del TSJ juramentados legítimamente por la Asamblea Nacional, quienes se encontraban en cuatro naciones (Colombia, Estados Unidos, Chile y Panamá), comenzó la audiencia de Antejuicio de Mérito contra Maduro. Los integrantes de la Sala Plena constataron que Nicolás Maduro no acudió al llamado formal del máximo tribunal de Venezuela pese estar notificado. Por ello el TSJ legítimo declaró la contumacia, es decir, el acto de rebeldía por parte de un funcionario público quien fue notificado de forma oportuna, tal y como lo establece el artículo 117 de la Ley Orgánica del TSJ. Maduro tampoco designó a un defensor privado por lo que se procedió a nombrar a un defensor de oficio, como lo establece el artículo 142 del Código Orgánico Procesal Penal. La defensa de oficio a Nicolás Maduro Moros quedó a cargo de Andrés Felipe Lindo Olando, abogado venezolano quien antes de exiliarse en Colombia, fue defensor de derechos humanos en el estado Táchira.

En horas del mediodía de este martes 3 de abril, la Fiscal Luisa Ortega Díaz, como solicitante,  dio detalles de montos, reuniones, conexiones, lugares y fechas de cómo se desarrolló la negociación entre el estado venezolano y la empresa brasilera Odebrecht y sus accionistas. Según la titular de Ministerio Publico, Nicolás Maduro quien para la época fungía como canciller de esta nación, recibió maletas llenas de dinero en efectivo para financiar la campaña del fallecido presidente Hugo Chávez Frías.

Entre los alegatos la Fiscal Ortega Díaz mencionó que existe pruebas del pagos de sobornos a altos funcionarios venezolanos por el orden de los 98 millones de dólares como parte del convenio marco con la empresa brasilera que fueron ejecutados personalmente por Nicolás Maduro como representante y canciller del estado venezolano. Ortega Díaz agregó que dicho convenio entre la Republica de Brasil y la de Venezuela, no fue revisado por el parlamento por lo que no se determinó si este pacto lesionaba o no el patrimonio publico.

La fiscal presentó pruebas y fotografías del caso particular de la  construcción Segundo Puente sobre el Lago de Maracaibo. Informo que tras una serie de allanamientos pudieron recabar los documentos oficiales de dichos contratos, puntos de cuenta y pagos de anticipos. Según la fiscal, se suscribió un primer contrato por un monto superior a los 2.371 millones de dólares, el cual fue  ampliado a 3.178 millones de dólares. Tras la investigación, se verifico el anticipo pagado por la República Bolivariana de Venezuela a la constructora Odebrecht por mas 407 millones de dólares. A pesar de dicho desembolso, la construcción de las obras jamás de realizó y en el presente encuentran en total abandono.

Ortega Díaz también describió otros presuntos hechos de corrupción referidos a 13 obras de infraestructura entre las que destacan la Línea 5 del Metro de Caracas, la línea 2 Metro de Los Teques y una extensión del puente sobre el Rio Orinoco.

La Fiscal concluyó que Nicolás Maduro Moros, desde que ejercía funciones como canciller de Venezuela,  formaba parte de una amplia e influyente red de corrupción que era respaldada por los gobiernos de Venezuela y Brasil. La trama, protagonizada por la empresa NORBERTO ODEBRECHT, S.A. incluía sobornos, pago de vacunas y  tráfico de influencias. Además en la querella queda establecido que el gobierno hizo pagos recurrentes para la ejecución de las obras que jamás fueron ejecutadas o concluidas.

El monto global de las obras no culminadas por la empresa constructora  NORBERTO ODEBRECHT, S.A., asciende aproximadamente a DOS BILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES (USD $2.500.000.000.000,oo), es decir mas de dos mil millones de dólares.

Ortega Díaz consideró que los hechos están suficientemente acreditados a través de un gran cúmulo de elementos de convicción que fueron presentados ante la Sala Plena del TSJ. Por lo que solicito formalmente:

  • Se declare la existencia de méritos para iniciar causa penal para establecer la responsabilidad de este alto funcionario.
  • Se declare con lugar la solicitud de medida cautelar de privación de libertad enh contra del referido ciudadano.

Ortega Díaz  además solicito que una vez acordado el enjuiciamiento se decrete media privativa de libertad contra el ciudadano Nicolás Maduro Moros y que se oficie a Interpol a los fines de agregar a su base de datos la alerta roja para que pueda ser ejecutada su  captura a nivel  internacional. Así mismo, la Fiscal General en el exilio, pidió que se oficie a la Fuerza Armada de Venezuela para que ejecute la captura en territorio nacional, en caso de acordarse el inicio del enjuiciamiento.

La Sala Plena del TSJ legítimo podría acordar el próximo 9 de abril el enjuiciamiento de Nicolás Maduro o por el contrario declara el sobreseimiento del caso al considerar que no existen suficientes elementos de convicción para procesarlo penalmente.

La próxima semana se reunirá en TSJ en pleno, en cuatro ciudades de América, para anunciar la decisión que podría conllevar a la detención del ciudadano Nicolás Maduro Moros.

 

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